Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001478
No hay ganancia ni pérdida para el fallecido con ocasión de transmisiones lucrativas por causa de muerte del contribuyente, incluso cuando la transmisión lucrativa se efectúe en uso del poder testatorio por el comisario, o por cualquier titulo sucesorio con eficacia de presente.
A estos efectos se consideran títulos sucesorios, además de la herencia y legado, los siguientes:
Para el heredero, se encuentra sujeto al impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.