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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001386

¿Cómo tributa una pensión de orfandad pagada por la Seguridad Social? ¿y si la paga la empresa?



El cobro de una pensión de orfandad estará exenta sólo en el caso de que se perciba de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas. Por tanto, la cobrada de la empresa, es un rendimiento de trabajo personal sujeto y no exento.

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Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 9.12 de la NF 13/2013 de IRPF


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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