Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001381
Entre los gastos deducibles de los rendimientos del capital inmobiliario no se incluyen las cantidades pagadas a la Seguridad Social. Ahora bien si la interesada tiene firmado un Convenio Especial con la Seguridad Social para poder tener derecho a una jubilación, podrá incluir dichas cantidades entre los gastos deducibles de los rendimientos del trabajo, por lo que si no tiene ingresos de esta naturaleza el rendimiento será negativo.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.