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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001374

Un empleado de una entidad bancaria suscribió un contrato en virtud del cual fue prejubilado, comprometiéndose la empresa a abonarle una indemnización en forma de renta mensual hasta que alcance la jubilación. ¿Cómo deberá tributar la indemnización percibida?



Respuesta válida aplicando tanto la normativa vigente desde el 01/01/2014 como la anterior al 31/12/2013

Las cantidades cobradas son consecuencia de la resolución por mutuo acuerdo de la relación laboral, pero no se imputan a un único período impositivo sino a varios, por lo que no pueden calificarse como obtenidas de forma notoriamente irregular, se trata de rendimientos que se perciben de forma regular y periódica y tributarán al 100%.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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