Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001346
El empleador, sólo debe justificar el día y lugar del desplazamiento, así como su razón o motivo. Por ello, incluso en el supuesto de que el trabajador se llevara su comida de casa y no consumiera nada, las dietas abonadas en concepto de manutención estarían exentas de gravamen siempre que no superen el límite establecido.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.