Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001341
No. La ayuda de comida no puede verse como una fórmula indirecta de prestación del servicio de comedor, al no asegurarse el destino exclusivo de la misma a la finalidad señalada. Por lo tanto, estará sometida a tributación, teniendo la consideración de rendimiento del trabajo de naturaleza dineraria.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.