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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001341

La empresa entrega a sus trabajadores una cantidad de dinero en sustitución de vales comida o documentos similares, ¿estaría considerada como retribución en especie?



No. La ayuda de comida no puede verse como una fórmula indirecta de prestación del servicio de comedor, al no asegurarse el destino exclusivo de la misma a la finalidad señalada. Por lo tanto, estará sometida a tributación, teniendo la consideración de rendimiento del trabajo de naturaleza dineraria.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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