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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001292

¿Cuándo debe presentarse en Bizkaia el Impuesto de Sucesiones y Donaciones por una póliza de seguro de vida?



Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2018

Se presentarán en Bizkaia:

  • Cuando el causante hubiera tenido residencia habitual en Bizkaia a fecha de devengo.
  • En el caso de que el causante hubiera tenido su residencia en el extranjero cuando los contribuyentes tuvieran su residencia en Bizkaia.
  • Si el causante hubiera permanecido en territorio común un mayor número de días del periodo de los 5 años inmediatos anteriores, contados desde la fecha del devengo del impuesto, serán de aplicación las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones vigentes en territorio común.

Modificación introducida por la ley 10/2017 por la que se modifica el Concierto económico. Art. 25.1 y 25.2 (264 KB)

Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2017

Se presentarán en Bizkaia:

  • Cuando el causante hubiera tenido residencia habitual en Bizkaia a fecha de devengo.
  • Si el causante hubiera adquirido la residencia en el País Vasco con menos de 5 años de antelación a la fecha de devengo del impuesto, serán de aplicación las normas del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones vigentes en territorio común.
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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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