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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001241

¿Qué pasa si una de las personas herederas tiene una minusvalía física?



Aplicable desde 1/01/2014

En adquisiciones mortis causa por personas con minusvalía física, psíquica o sensorial se aplicará una reducción de 100.000 €, independientemente de la que pudiera corresponder en función del grado de parentesco con la persona causante.

A estos efectos, se considerarán personas con minusvalía con derecho a la reducción aquéllas que determinan derecho a deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, según la normativa propia de este Impuesto.

Artículo 43.1 Norma Foral 4/2015, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (235 KB) (desde 1/04/2015)

Artículo 19.9 del Decreto Foral Normativo 3/1993 (129 KB) (hasta 31/03/2015).


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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