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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001230

Ha fallecido una persona residente en Bilbao desde que nació, siendo sus herederos/as su madre, sus hijos, sus nietas y su esposa. ¿Deben pagar algo por el Impuesto de Sucesiones?



Aplicable a fallecimientos ocurridos desde 1/01/2014

Cuando los herederos son el cónyuge o pareja de hecho, así como los descendientes en línea directa, por consanguinidad o adopción se aplicará un tipo fijo del 1,5%, con un mínimo exento de 400.000 euros por cada heredero.

Artículo 43 Norma Foral 4/2015, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (220 KB)


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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