Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001217
La Base Imponible se determina por el valor neto de la adquisición individual de cada causahabiente, entendiéndose como valor real de los bienes y derechos minorados por las cargas y deudas que fueran deducibles.
El valor real debe coincidir con el valor normal de mercado, es decir, el precio que esté dispuesto a pagar el mercado en situación de libre competencia por el bien transmitido.
Al tratarse de un negocio, habrá que valorar tanto los bienes materiales como el valor del fondo de comercio.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.