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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001199

Una persona ha residido en Bilbao desde su nacimiento. En el año 2003 se fue a vivir a Benidorm y volvió a residir en Bilbao el 10 de junio de 2017. Falleció el día 18 de abril de 2018. ¿Dónde se presentará el modelo 650 y con qué normativa?



Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2018

Como ha vivido en Bizkaia más de 183 días del año inmediatamente anterior al fallecimiento (del 10 de junio de 2017 al 18 de abril de 2018) presentará en Bilbao. Sin embargo, dado que el causante ha permanecido en territorio común un mayor número de días del periodo de los 5 años inmediatos anteriores, contados desde la fecha del devengo del impuesto, se le aplicará la normativa de la Comunidad Autónoma de Valencia.

Modificación introducida por la ley 10/2017 por la que se modifica el Concierto económico. Art. 25.2 (264 KB)

Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2017

Una persona ha residido en Bilbao desde su nacimiento. En el año 2003 se fue a vivir a Benidorm y volvió a residir en Bilbao el 10 de junio de 2016. Falleció el día 18 de abril de 2017. ¿Dónde se presentará el modelo 650 y con qué normativa?

Como ha vivido en Bizkaia más de 183 días del año inmediatamente anterior al fallecimiento (del 10 de abril de 2016 al 18 de abril de 2017) presentará en Bilbao. Sin embargo, dado que el causante no ha vivido en País Vasco los últimos 5 años,  se le aplicará la normativa de la Comunidad Autónoma de Valencia.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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