Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001191
Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2013
Si. Están obligadas a presentar dicha declaración por determinadas operaciones.
Las personas físicas y entidades en atribución de rentas que determinen su rendimiento en el IRPF por el método de estimación objetiva y, simultáneamente, en el IVA por los regímenes especiales simplificado o de la agricultura, ganadería y pesca, deberán presentar el modelo 347 por las operaciones que den derecho a deducción por las cuotas soportadas (gastos) en el régimen especial simplificado del IVA, así como por las operaciones que estén excluidas de la aplicación de los citados regímenes, y aquellas otras por las que emitieron factura.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.