Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001122
En el plazo de un año desde el fallecimiento deberán presentar el modelo 650 con relación de todos los bienes de la herencia.
En el caso de que los vehículos sean 100% del fallecido (bienes privativos), la viuda puede adjudicarse parcialmente la herencia para quedarse con los vehículos presentando el modelo 650-V. Si el vehículo no es 100% titularidad del fallecido, hay que llevar el vehículo a la mitad der la viuda en la sociedad conyugal o llevarlo a la masa hereditaria y adjudicárselo en el modelo 650.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.