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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001122

Una persona de Bilbao fallece dejando como personas herederas en su testamento a su cónyuge y una hija mayor de edad. Tenía dinero y dos vehículos. La viuda desea quedarse con los dos vehículos ¿qué debe hacer?



En el plazo de un año desde el fallecimiento deberán presentar el modelo 650 con relación de todos los bienes de la herencia.

En el caso de que los vehículos sean 100% del fallecido (bienes privativos), la viuda puede adjudicarse parcialmente la herencia para quedarse con los vehículos presentando el modelo 650-V. Si el vehículo no es 100% titularidad del fallecido, hay que llevar el vehículo a la mitad der la viuda en la sociedad conyugal o llevarlo a la masa hereditaria y adjudicárselo en el modelo 650.

 

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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