Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001110
No, es una de las excepciones, ya que se permite inscribir en el Registro con la presentación de un escrito dirigido tanto a la persona liquidadora del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, como al Registrador/a de la Propiedad con la descripción exhaustiva de los bienes, cuya firma debe estar legitimada ante Notario/a o ante el Registrador/a de la Propiedad, presentado previamente junto con el modelo 650 en la Sección de Sucesiones.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.