Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001094
El importe de las operaciones se declarará neto, entre otras operaciones, de las devoluciones.
La obligación de presentar declaración requiere que las operaciones con una persona hayan superado la cuantía de 3.005,06 euros (en positivo o negativo).
Como en este caso el resultado de la operación (-2000), es inferior a 3.005,06 euros, no se declara la misma.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.