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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001046

Los concesionarios de automóviles ¿deben incluir en el modelo 347 las ventas de vehículos nuevos a sus clientes?



Sí. Los concesionarios deben relacionar en la declaración anual de operaciones a todas las personas o entidades, cualquiera que sea su naturaleza o carácter, a quienes hayan efectuado entregas de vehículos siempre que el importe de la venta, individualmente, haya superado la cifra de 3.005,06 euros, o cuando el conjunto de las ventas con un mismo destinatario supere la cifra anterior.

No tienen que incluir las operaciones por las que no debieron expedir factura con datos del destinatario.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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