www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001038

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 347 en Bizkaia?



Deberán presentar la declaración en Bizkaia cuando:

  • Tributen por el IVA exclusivamente en Bizkaia.
  • Operen exclusivamente en la CAPV, y con independencia de su domicilio fiscal, realicen en Bizkaia el total de sus operaciones, habiendo obtenido en el ejercicio inmediato anterior un volumen de operaciones superior a 10 millones de euros.
  • Operando exclusivamente en la CAPV, tengan su domicilio fiscal en Bizkaia y no realice en uno de los otros dos territorios el total de sus operaciones, siempre y cuando hubiera obtenido en el ejercicio inmediato anterior un volumen de operaciones superior a 10 millones de euros.
  • Operando en Bizkaia y Territorio común, o en Bizkaia y otro Territorio Foral y Común teniendo el domicilio en Bizkaia, el volumen de operaciones realizado en Territorio Común sea inferior al 75%.
  • Obligados tributarios que no desarrollen actividades empresariales o profesionales sujetas al IVA si tienen domicilio fiscal en Bizkaia. (Ej: Administraciones Públicas).

Tendrán que presentar en una de las Administraciones. Si presentan en una no deben presentar en el resto.

Más información


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail