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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001038
¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 347 en Bizkaia?
Deberán presentar la declaración en Bizkaia cuando:
- Tributen por el IVA exclusivamente en Bizkaia.
- Operen exclusivamente en la CAPV, y con independencia de su domicilio fiscal, realicen en Bizkaia el total de sus operaciones, habiendo obtenido en el ejercicio inmediato anterior un volumen de operaciones superior a 10 millones de euros.
- Operando exclusivamente en la CAPV, tengan su domicilio fiscal en Bizkaia y no realice en uno de los otros dos territorios el total de sus operaciones, siempre y cuando hubiera obtenido en el ejercicio inmediato anterior un volumen de operaciones superior a 10 millones de euros.
- Operando en Bizkaia y Territorio común, o en Bizkaia y otro Territorio Foral y Común teniendo el domicilio en Bizkaia, el volumen de operaciones realizado en Territorio Común sea inferior al 75%.
- Obligados tributarios que no desarrollen actividades empresariales o profesionales sujetas al IVA si tienen domicilio fiscal en Bizkaia. (Ej: Administraciones Públicas).
Tendrán que presentar en una de las Administraciones. Si presentan en una no deben presentar en el resto.
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Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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