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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001005

Inicié la actividad el año pasado ¿cómo debo calcular el pago fraccionado del trimestre?



En el caso de que los sujetos pasivos se encuentren en el ejercicio de inicio de la actividad y siguiente, el pago fraccionado será el 20% de los ingresos computables menos los gastos deducibles del trimestre considerado.

De la cantidad resultante se deducirán, en su caso, las retenciones practicadas y los ingresos a cuenta efectuados en dicho trimestre correspondientes a la actividad económica.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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