Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001002
Como regla general el importe a ingresar será el 0,5% del volumen de ventas o ingresos del penúltimo ejercicio menos el 25% de las retenciones e ingresos a cuenta del penúltimo ejercicio.
Para los Mayoristas será el 0,25% del volumen de ventas o ingresos del penúltimo ejercicio.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.