Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000999
Con independencia de que la liquidación anual del IRPF resulte positiva o negativa, los contribuyentes que ejerzan actividades económicas tienen obligatoriedad de presentar (declarar y/o ingresar) pagos fraccionados, con excepción de los no obligados a efectuar pagos fraccionados señalados en el art. 109.2 y 109.3 del Decreto Foral 47/2014, Reglamento del IRPF.
Estos, tienen el carácter de deuda tributaria por lo que su incumplimiento puede conllevar la imposición de sanciones por infracciones tributarias.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.