Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000973
Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2021
La forma de presentación del modelo 110 es obligatoriamente telemática.
La Disposición Adicional Única del DF 100/2020 establece la obligación de cumplir con las obligaciones tributarias, incluidas las formales y de relacionarse con el departamento de Hacienda y Finanzas exclusivamente por medios telemáticos.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.