Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000968
No se incluirán en el modelo 190 las retribuciones del trabajo en especie respecto de las cuales no exista obligación de efectuar ingresos a cuenta conforme a lo previsto en el artículo 87.4, párrafo 2 del Reglamento del IRPF (contribuciones satisfechas por promotores de Planes de Pensiones, de planes de previsión social empresarial, Mutualidades de Previsión Social y socios protectores de Entidades de Previsión Social Voluntaria que reduzcan la base imponible), sin perjuicio de la obligación de declarar los datos relativos a dichos conceptos en el modelo 345.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.