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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000965

¿Qué se debe hacer constar en la casilla “Ingresos a cuenta repercutidos”?



Se consignará el importe de los ingresos a cuenta efectuados que la persona o entidad pagadora de las retribuciones en especie hubiera repercutido al perceptor o a la perceptora. No se incluirán en esta casilla los ingresos a cuenta repercutidos que correspondan a percepciones en especie derivadas de incapacidad laboral que deban incluirse, en su caso, en la casilla “Ingresos a cuenta repercutidos por prestaciones en especie derivadas de incapacidad laboral.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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