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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000955

¿Qué tengo que incluir en la casilla "Cantidad no integrada (irregular)”?



  1. Si entre las percepciones dinerarias se han incluido rendimientos que tengan un período de generación superior a dos años y no se obtengan de forma periódica o recurrente se consignará en esta casilla el 40% de dichos rendimientos íntegros.
  2. Si entre las percepciones dinerarias se han incluido rendimientos calificados como irregulares por el artículo 14 del Reglamento o rendimientos cuyo período de generación es superior a cinco años se consignará en dicha casilla el 50% de dichos rendimientos íntegros.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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