Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000931
Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014
Tiene que presentar los modelos 110 y 190 cuando haya satisfecho rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta aunque por razón de la cuantía, no haya procedido la práctica de retención o ingreso a cuenta.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.