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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000903

¿Qué porcentaje de retención se aplica a los rendimientos derivados de contratos o relaciones de duración inferior al año?



Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014

El porcentaje de retención no podrá ser inferior al 2 por 100 en el caso de contratos o relaciones de duración inferior al año.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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