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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000900

Tengo un hijo que va a cumplir 30 años a lo largo del año, ¿debo incluirlo a efectos del cálculo del tipo de retención?



Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014

No se computarán los descendientes que vayan a cumplir más de 30 años en el período impositivo en el que sea de aplicación la retención, salvo que dichos descendientes originen el derecho a practicar la deducción contemplada en el artículo 82 de la Norma Foral de IRPF.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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