www.bizkaia.eus/guregida
Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000897
¿Cómo se calculan las retenciones del trabajo?
Con carácter general, el importe de la retención es el resultado de aplicar la Tabla de retenciones de trabajo sobre la cuantía íntegra anual de las rentas de trabajo que se satisfagan a un mismo perceptor el tipo de retención que corresponda en función de:
- la cuantía de los rendimientos de trabajo previsibles, tanto dinerarios como en especie
- las circunstancias personales del contribuyente.
- La situación familiar a tener en cuenta es la del primer día del año natural (o el primer día del contrato)
- No se computarán los descendientes que vayan a cumplir más de 30 años en el período impositivo en el que sea de aplicación la retención, salvo que dichos descendientes originen el derecho a practicar la deducción contemplada en el artículo 82 de la Norma Foral de IRPF
- Situación familiar
¿Hay que modificar el porcentaje de retención durante el año si hay cambios económicos o familiares?
Sólo se variará el porcentaje aplicable en el supuesto de modificaciones económicas, no así en el caso de nacimiento de hijos, en cuyo caso, la modificación operará el año siguiente.
¿Cómo se calcula la retención?
Enlaces
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
Volver