Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000823
Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2024
Tanto por el préstamo de su ex cónyuge como por el suyo propio, se podrá deducir el 18%, con el límite de 1.530€.
Novedades NF 2/2025 aplicables a la deducción por inversión en vivienda habitual
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.