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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000818
¿Puedo deducir las cantidades depositadas en una cuenta de ahorro de una entidad bancaria que opera desde el extranjero? ¿O en una cuenta bancaria gestionada por Internet?
Sí, siempre y cuando la cuenta reúna todos los requisitos para su aplicación como cuenta vivienda:
- Ha de tratarse de un depósito en una entidad de crédito, lo cual no implica que deba denominarse específicamente como "cuenta vivienda", ni que en el contrato se tenga que especificar el destino del saldo.
- La cuenta ha de permanecer en un depósito separado de cualquier otro tipo de imposición, de forma que puedan conocerse sus movimientos y su saldo.
- Cada contribuyente sólo podrá mantener una cuenta vivienda.
Así, no se podrá deducir por las cantidades depositadas en las denominadas “cuentas financieras” (aquéllas en las que el importe se invierte en Deuda Pública anotada) ni en cuentas asociadas a Fondos de Inversión en las que el saldo se invierte en estas fórmulas de inversión.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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