Una persona se da de alta el 1 de febrero de 2015 en una actividad con dos locales (los dos de alta en el mismo epigrafe de IAE) uno en Barakaldo y otro en Bilbao ¿qué trámites debe realizar si está exento en IAE?¿y en caso de modificaciones o de darse de baja en las actividades?
En el plazo de un mes, en este caso concreto entre el 01/02/2015 y 01/03/2015, deberá darse de alta en el censo de empresarios y profesionales con el modelo 036 cumplimentando una página nº 3 y marcando la casilla 60.
En la misma página 3 debe elegir sus opciones de tributación de IVA Y Renta.
Además deberá cumplimentar dos anexos nº 3, uno por cada local en los que vaya a ejercer la actividad.
Desde ese momento deberán comunicar las modificaciones de su situación tributaria, dar de alta a nuevas actividades y locales, comunicar nuevas obligaciones tributarias, etc., a través del apartado MODIFICACIONES de la declaración censal.
Mientras estén de alta en Censo mantendrán las obligaciones tributarias que le correspondan.
Se darán de BAJA en el Censo cuando dejen de ejercer la última actividad económica.