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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000769

Las comunidades de bienes y otros entes en atribución de rentas con domicilio fiscal en Bizkaia, ¿en qué supuestos deben rellenar el modelo 036?



  • Se darán de ALTA en el Censo cuando inicien la primera actividad económica con carácter previo o con carácter efectivo. No causan alta en el Censo por el mero hecho de solicitar el NIF.

    Desde ese momento deberán comunicar las modificaciones de su situación tributaria, dar de alta a nuevas actividades y locales, comunicar nuevas obligaciones tributarias, etc., a través del apartado MODIFICACIONES de la declaración censal.

    Mientras estén de alta en Censo mantendrán las obligaciones tributarias que le correspondan.

  • Se darán de BAJA en el Censo cuando dejen de ejercer la última actividad económica.Si no se ha disuelto el ente en atribución de rentas, rellenará un modelo 036 marcando las casillas 31 y 34. Cuando se disuelva debe rellenar otro modelo 036 marcando las mismas casillas.
REPRESENTACIÓN

Se estará a lo dispuesto en el contrato de constitución del ente en atribución de rentas (representación solidaria, única o mancomunada).

Independientemente de la forma de representación elegida, el anexo 2 deberá estar firmado por todos los socios o comuneros en los casos de inicio efectivo de la actividad o modificación de opciones/renuncia en IVA y/o renta.

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Declaración censal: modelo 036


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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