Un sujeto pasivo dado de alta en una actividad,tiene una variación en los elementos tributarios de esa actividad superior al 20%.¿Debe presentar un modelo 036 o 840?
Si está EXENTO, como los elementos tributarios, sólo son determinantes en la cuota del impuesto, las modificaciones no deben presentarse.
En caso de pasar en un futuro a NO EXENTO los actualizarán a través del modelo 840.
Si está NO EXENTO, lo presentarán a través del modelo 840.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.