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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000739

¿Son deducibles los gastos originados por el préstamo para la adquisición de la vivienda?



Sí, tienen la consideración de gastos originados por la financiación ajena:

  1. Tasación del inmueble.
  2. Comisión apertura del préstamo.
  3. Los gastos de Registro de la Propiedad, Notario, Gestores.
  4. Cualquier otro cuya justificación quede acreditada.

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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