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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000739

¿Son deducibles los gastos originados por el préstamo para la adquisición de la vivienda?



Sí. Los gastos financieros que sean a cargo del contribuyente son deducibles (forman parte del valor de adquisición):

  • En la constitución de un préstamo hipotecario son a cargo del prestatario los gastos de tasación del inmueble y la comisión de apertura del préstamo
  • Otros gastos (registro de la propiedad, notario, gestores, Actos Jurídicos Documentados) son a cargo de la entidad prestamista (el banco).

 


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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