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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000709

¿Es recurrible el valor mínimo atribuible?



Los obligados tributarios no podrán interponer recurso alguno contra los acuerdos previos de valoración. Podrán hacerlo contra el acto o actos administrativos que se dicten posteriormente en aplicación de las valoraciones incluidas en el acuerdo.

Art.87.2 NFGT (760 KB)

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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