Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000521
Las prestaciones percibidas por los beneficiarios de EPSV y de Planes de Pensiones están, en todo caso, sujetas al IRPF con la consideración de rendimientos del trabajo. Por tanto, no tributan nunca por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.