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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000521

Las prestaciones recibidas por los beneficiarios de las EPSV o de Planes de Pensiones como consecuencia de la muerte del partícipe, ¿tributan por el IRPF o por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?



Las prestaciones percibidas por los beneficiarios de EPSV y de Planes de Pensiones están, en todo caso, sujetas al IRPF con la consideración de rendimientos del trabajo. Por tanto, no tributan nunca por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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