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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000516
¿Qué procedimiento debo seguir para solicitar la homologación de un software de digitalización certificada?
El procedimiento se encuentra regulado en el punto 3 del artículo 8 de la Orden Foral 1868/2009, de 2 de julio, por la que se desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y conservación electrónica de facturas, contenidas en el Decreto Foral 57/2004, de 6 de abril, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Para su inicio, deberá presentar, vía Registro General de la Hacienda Foral de Bizkaia o de la Diputación Foral de Bizkaia o mediante cualquiera de los modos previstos en la legislación, una solicitud ante la Dirección General de Hacienda, a través del Servicio de tributos Indirectos, que deberá contener:
- una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, acompañada de la documentación que acredite su cumplimiento.
- normas técnicas en las que se base el procedimiento de digitalización certificada que pretenda homologar, así como los protocolos o normas y procedimientos de seguridad, de control y de explotación referidos a la creación y consulta de la base de datos documental que contenga las imágenes digitalizadas de los documentos originales en papel suministrados por el obligado tributario y los mecanismos de firma electrónica utilizados.
- informe emitido por una entidad de auditoría informática independiente con solvencia técnica acreditada en el ámbito del análisis y la evaluación de la actividad desarrollada, en el que se exprese la opinión acerca del cumplimiento, por parte de la entidad solicitante, de las condiciones establecidas en la Orden Foral 1868/2009 u otras disposiciones equivalentes para la admisión de su sistema de digitalización certificada cuya homologación se solicita y sobre los procedimientos utilizados.
- Además, sería conveniente adjuntar copia de la resolución dictada por otra u otras administraciones tributarias respecto de anteriores solicitudes de homologación.
Tras su estudio, la administración procederá a conceder o denegar la homologación, o en su caso, podrá requerir más datos, si lo considerara necesario.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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