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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000508

¿Se debe incluir en la base imponible el traspaso de los derechos consolidados en una EPSV de empleo a un plan individual gestionado por otra EPSV?



Los contribuyentes no deben incluir en su base imponible las cantidades que perciban como consecuencia de su baja voluntaria o forzosa en una EPSV, o de la disolución y liquidación de ésta, siempre que el importe total percibido (sin descontar las retenciones que se le hubieran podido practicar) se aporte a otra EPSV en un plazo no superior a dos meses.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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