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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000501

¿Cómo se cumplimenta el ajuste negativo sobre el resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias “exención por reinversión”?



En las “Correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias” del menú “Liquidación” hay un apartado para la “Exención por reinversión” y, a través de la primera opción del desplegable (“No integración de rentas”) se llega a un apartado común de “Corrección por depreciación monetaria/ Exención por reinversión” en el que se puede hacer este cálculo para cada una de las transmisiones que se hayan hecho en el ejercicio. Se introducirán los datos de cada transmisión y se accederá por el desplegable de la exención por reinversión. Si también es aplicable la corrección por depreciación monetaria, también se cumplimentarán los datos de ese apartado. Estos datos se trasladarán automáticamente a las correcciones al resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias.

La suma de la corrección por depreciación monetaria y de la exención por reinversión tiene como límite la renta obtenida en la transmisión, según el apartado primero del artículo 36 de la NFIS. Esta es la razón de que el cálculo de estas correcciones esté vinculado.

 

Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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