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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000475

¿El arrendamiento de un inmueble que no sea un rendimiento de actividad económica puede dar lugar a un rendimiento negativo?



Respuesta válida aplicando tanto la normativa vigente desde el 01/01/2014 como la anterior al 31/12/2013

No. Los arrendamientos que constituyan un rendimiento de capital inmobiliario no pueden dar lugar a un rendimiento negativo y el cómputo se hace inmueble a inmueble, es decir, no se puede compensar el rendimiento positivo del alquiler de un inmueble con el negativo por el alquiler de otro inmueble.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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