Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000472
Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2025
La normativa de IRPF no impide que una persona aplique el porcentaje de integración del 60% sobre la cuantía que perciba en forma de capital de la 2ª EPSV, en la medida en que no haya hecho lo propio sobre el importe cobrado de la 1ª.
Novedades NF 2/2025 aplicables a las Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV)
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.