Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000457
Excepción: los excesos pendientes anteriores a 2014 sí podrán reducirse con independencia de la situación de jubilación del contribuyente y del cónyuge o pareja de hecho que ostente la condición de socio, participe, mutualista o titular.
EJEMPLO. Un trabajador de 58 años aporta 12.000,00 € y el empresario aporta otros 12.000,00€. Base Imponible de 25.000,00€
Reducción por aportaciones o contribuciones a sistemas de previsión social.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.