Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000422
El apartado 1 del artículo 232 Norma Foral General Tributaria atribuye la competencia para conocer y resolver el recurso de reposición al Órgano que dictó el acto recurrido. Si el acto fue dictado por delegación y salvo que en la misma se disponga lo contrario, la resolución del recurso de reposición corresponderá al Órgano delegado.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.