Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000408
Si el local adquirido obtiene el permiso de habitabilidad y siempre que se cumplan los requisitos temporales de residencia efectiva y permanente de la interesada en dicha vivienda, puede tener la consideración de vivienda habitual.
Las cantidades invertidas en su adquisición y en las obras realizadas pueden ser deducidas como inversión en vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dentro de los límites legalmente establecidos.
Rehabilitación. Artículo 87.6 de la Norma Foral del Impuesto.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.