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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000408

El interesado compra un local almacén, para su posterior rehabilitación como vivienda habitual. ¿El importe de la adquisición del local y de las obras de adecuación como vivienda son deducibles como inversión en vivienda habitual?



Si el local adquirido obtiene el permiso de habitabilidad y siempre que se cumplan los requisitos temporales de residencia efectiva y permanente de la interesada en dicha vivienda, puede tener la consideración de vivienda habitual.

Las cantidades invertidas en su adquisición y en las obras realizadas pueden ser deducidas como inversión en vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dentro de los límites legalmente establecidos.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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