Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000408
Si el local adquirido obtiene el permiso de habitabilidad y siempre que se cumplan los requisitos temporales de residencia efectiva y permanente de la interesada en dicha vivienda, puede tener la consideración de vivienda habitual.
Las cantidades invertidas en su adquisición y en las obras realizadas pueden ser deducidas como inversión en vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dentro de los límites legalmente establecidos.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.