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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000391

¿Cuáles son los periodos de recaudación?



La recaudación de las deudas tributarias podrá realizarse:

  1. En período voluntario, mediante el pago del obligado tributario en los plazos previstos en el artículo 60 de la Norma Foral General Tributaria.
  2. En período ejecutivo, mediante el pago o cumplimiento espontáneo del obligado tributario o, en su defecto, a través del procedimiento administrativo de apremio.

El período ejecutivo se inicia automáticamente transcurrido el periodo voluntario de pago.Una vez iniciado el período ejecutivo, la Administración tributaria efectuará la recaudación de las deudas liquidadas o autoliquidadas por el procedimiento de apremio sobre el patrimonio del obligado al pago.

 
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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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