Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000352
Dado el carácter potestativo de la deducción por la que se pregunta, ya que en la Norma Foral del IRPF se indica que los contribuyentes “podrán” aplicar dicho beneficio fiscal, el consultante tiene la posibilidad de no practicar deducción sobre la totalidad o parte de las cantidades que invierta en la adquisición de su vivienda habitual, así como sobre la totalidad o parte de los intereses que satisfaga, evitando, de esta manera, que su crédito fiscal se vea minorado.
Consecuentemente, el consultante podrá instar la rectificación de aquellas autoliquidaciones de ejercicios anteriores en relación con los cuales no haya prescrito su derecho de rectificación, con objeto de solicitar que se elimine de las mismas las deducciones practicadas a las que desee renunciar.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.