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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900000341

Una persona escritura la compraventa de un terreno, y en el mismo acto, la declaración de obra nueva de un inmueble que será su vivienda habitual. El valor escriturado del terreno es 36.000€, y 85.000€ el de la construcción. El precio real pagado, incluido terreno y construcción, es de 200.000 €. ¿Puede deducirse el importe real pagado si se justifica la inversión mediante facturas?



El Código Civil en su artículo 1.230 establece que: "Los documentos privados hechos para alterar lo pactado en escritura pública, no producen efecto contra tercero".

De conformidad con lo expuesto, no se admite una deducción de mayor cuantía por inversión en vivienda habitual cuya justificación se derive de facturas que no reproducen lo establecido en las escrituras, que como documento público han surtido efectos frente a la Hacienda Foral para la operación en cuestión.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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